domingo, 17 de agosto de 2014

II Jornadas de Infancia, Violencia y Sociedad. en la ciudad de Azul

 
Se vienen las II Jornadas de Infancia, Violencia y Sociedad.

 12 de septiembre en el Colegio de Abogados de Azul, con una propuesta muy interesante de conferencistas, experiencias y ponencias, para que juntos podamos reflexionar e intercambiar ideas y propuestas sobre las violencias contra niños, niñas y adolescentes.
En breve publicamos el programa de las jornadas.
Hace correr la voz !!!

miércoles, 13 de agosto de 2014

CUIDADO, GENTE TRABAJANDO!!!! POR LOS DERECHOS DE LOS NIÑ@S

 
Exitosa Jornada abierta a la comunidad
 
Magnifico encuentro HUMANO, que desde lo profesional trabaja para un Mundo Mejor!!
Una jornada que intenta concientizar y visibilizar el tema mas antiguo de las sociedades, como bien lo narro la Sra Nora Pulido, haciendo historia de nuestras culturas quedo manifiesto como tantas veces , que cargamos con mandatos culturales Androgénicos, Patriarcales y Misóginos donde cualquier rebelión contra estos modelos causan terribles crisis ideológicas y sociales.
 
El aporte de la Lic.Susana Toporosi, resalta, que desde las ciencias blandas, existen herramientas suficientes para abordar los abusos sexuales a menores, intra o extra familiar, que encuadran en la ley, es decir que respetan al sujeto en su integridad, no hay necesidad de inventar nuevos síndromes, teorías cuando las EXISTENTES, LEGITIMAS Y RECONOCIDAS aplicables eficientes y eficaces.
 
No recurrir a los métodos de investigación en la esfera de lo psicológico, con el respeto de los debidos tiempos, procesos y técnicas es incurrir en la violación de derechos do toda persona
 
Revincular presumiendo una mentira del niño, sin antes evaluar, crear el ámbito propicio para que emerja la verdad es REVICTIMIZAR y faltar a la CDN. desde donde se lo mire, e ignorar esto cuando alguien asume un rol de poder como ser un perito, un juez, un medico forense, un trabajador social, un abogado es cruel y pernicioso como cualquier acto delictivo. La Dra Graciela Jofre, como ejemplo de Ser Humano con un cargo, con criterio de equilibrio e igual de derechos, es ejemplo en procesos complejos donde el cumplimiento de los tratados y convenciones internacionales vigentes son resaltados y respetados. La Lic. Schumann, directora ejecutiva del comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de CDN, trabajando en comunión con las personas mas prestigiosas del país, con la enorme responsabilidad de llevar la bandera de nuestros  Niñ@s
 
Una convocatoria movida por la empatía , la vocación y la necesidad de trabajar multidiciplinariamente.









martes, 12 de agosto de 2014

 

DECLARACION DE ALMA-ATA



Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud, Alma-Ata, URSS, 6-12 de septiembre de 1978

La Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud, reunida en Alma-Ata en el día de hoy, doce de septiembre de mil nuevecientos setenta y ocho, considerando la necesidad de una acción urgente por parte de todos los gobiernos, de todo el personal de salud y de desarrollo y de la comunidad mundial para proteger y promover la salud de todos los pueblos del mundo, hace la siguiente Declaración:

ILa Conferencia reitera firmemente que la salud, estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, es un derecho humano fundamental y que el logro del grado más alto posible de salud es un objectivo social sumamente importante en todo el mundo, cuya realización exige la intervención de muchos otros sectores sociales y económicos, además del de la salud.

II La grave desigualdad existente en el estado de salud da la población, especialmente entre los países en desarrollo y los desarrollados, así como dentro de cada país, es política, social y económicamente inaceptable y, por tanto, motivo de preocupación común para todos los países.

III El desarrollo económico y social, basado en un Nuevo Orden Económico Internacional, es de importancia fundamental para lograr el grado máximo de salud para todos y para reducir el foso que separa, en el plano de la salud, a los países en desarrollo de los países desarrollados. La promoción y protección de la salud del pueblo es indispensable para un desarrollo económico y social sostenido y contribuye a mejorar la calidad de la vida y a alcanzar la paz mundial.

IV El pueblo tiene el derecho y el deber de participar individual y colectivamente en la planificación y aplicación de su atención de salud.

VLos gobiernos tienen la obligación de cuidar la salud de sus pueblos, obligación que sólo puede cumplirse mediante la adopción de medidas sanitarias y sociales adecuadas. Uno de los principales objetivos sociales de los gobiernos, de las organizaciones internacionales e de la comunidad mundial entere en el curso de los próximos decenios debe ser el de que todos los pueblos del mundo alcancen en el año 2000 un nivel de salud que les permita llevar una vida social y económicamente productiva. La atención primaria de salud es la clave para alcanzar esa meta como parte del desarrollo conforme al espíritu de la justicia social.

VI La atención primaria de salud es la asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías práctivos, cientificamente fundados y socialmente aceptables, puesta al alcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena



participación y a un costo que la comunidad y el país puedan soportar, en todas y cada una de las etapas de su desarrollo con un espíritu de autorresponsabilidad y autodeterminación. La atención primaria forma parte integrante tanto del sistema nacional de salud, del que constituye la función central y el núcleo principal, como del desarrollo social y económico global de la comunidad. Representa el primer nivel de contacto de los individuos, la familia y la comunidad con el sistema nacional de salud, llevando lo más cerca posible la atencion de salud al lugar donde residen y trabajan las personas, y constituye el primer elemento de un proceso permanente de asistencia sanitaria.

VII La atención primaria de salud:



  1. es a la vez un reflejo y una consecuencia de las condiciones económicas y de las características socioculturales y políticas del país y de sus comunidades, y se basa en la aplicación de los resultados pertinentes de las investigaciones sociales, biomédicas y sobre servicios de salud y en la experiencia acumulada en materia de salud pública;
  2. se orienta hacia los principales problemas de salud de la comunidad y presta los servicios de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación necesarios para resolver esos problemas;
  3. compreende, cuando menos, las seguientes actividades: la educación sobre los principales problemas de salud y sobre los métodos de prevención y de lucha correspondientes; la promoción del suministro de alimentos y de una nutrición apropiada, un abastecimiento adecuado de agua potable y saneamiento básico; la asistencia maternoinfantil, con inclusión de la planificación de la familia; la inmunización contra las principales enfermedades infecciosas; la prevención y lucha contra las enfermedades endémicas locales; el tratamiento apropiado de las enfermedades y traumatismos comunes; y el suministro de medicamentos esenciales;
  4. entraña la participación, además del sector sanitario, de todos los sectores y campos de actividad conexos del desarrollo nacional y comunitario, en particular la agricultura, la zootecnia, la alimentación, la industria, la educación, la vivienda, las obras públicas, las comunicaciones y otros sectores y exige los esfuerzos coordinados de todos esos sectores;
  5. exige y fomenta en grado máximo la autorresponsabilidad y la participación de la comunidad y del individuo en la planificación, la organización, el funcionamiento y el control de la atención primaria de salud, sacando el mayor partido posible de los recursos locales y nacionales y de otros recursos disponibles, y con tal fin desarrolla mediante la educación apropiada la capacidad de las comunidades para participar;
  6. debe estar asistida por sistemas de envío de casos integrados, funcionales y que se apoyen mutuamente, a fin de llegar al mejoramiento progresivo de la atención sanitaria completa para todos, dando prioridad a los más necesitados;
  7. se basa, tanto en el plano local como en el de referencia y consulta de casos, en personal de salud, con inclusión según proceda, de médicos, enfermeras, parteras, auxiliares y trabajadores de la comunidad, así como de personas que practican la medicina tradicional, en la medida que se necesiten, con el adiestramiento debido en lo social y en lo técnico, para trabajar como un equipo de salud y atender las necesidades de salud expresas de la comunidad.

 

VIII Todos los gobiernos deben formular políticas, estrategias y planes de acción nacionales, con objeto de iniciar y mantener la atención primaria de salud como parte de un sistema nacional de salud completo y en coordinación con otros sectores. Para ello, será preciso ejercer la voluntad política para movilizar los recursos del país y utilizar racionalmente los recursos externos disponibles.

IX Todos los países deben cooperar, con espíritu de solidaridad y de servicio, a fin de garantizar la atención primaria de salud para todo el pueblo, ya que el logro de la salud por el pueblo de un país interesa y beneficia directamente a todos los demás países. En este contexto, el informe conjunto OMS/UNICEF sobre atención primaria de salud constituye una base sólida para impulsar el desarrollo y la aplicación de la atención primaria de salud en todo el mundo.

XEs posible alcanzar un nivel aceptable de salud para toda la humanidad en el año 2000 mediante una utilización mejor y más completa de los recursos mundiales, de los cuales una parte considerable se destina en la actualidad a armamento y conflictos militares. Una verdadera política de independencia, paz, distensión y desarme podría y debería liberar recursos adicionales que muy bien podrían emplearse para fines pacíficos y en particular para acelerar el desarrollo social y económico asignando una proporción adecuada a la atención primaria de salud en tanto que elemento esencial de dicho desarrollo.



La Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud exhorta a la urgente y eficaz acción nacional y internacional a fin de impulsar y poner en práctica la atención primaria de salud en el mundo entero y particularmente en los países en desarrollo, con un espíritu de cooperación técnica y conforme al Nuevo Orden Económico Internacional. La Conferencia insta a los gobiernos, a la OMS y al UNICEF y a otras organizaciones internacionales, así como a los organismos internacionales, así como a los organismos multilaterales y bilaterales, a las organizaciones no gubernamentales, a los organismos de financiación, a todo el personal de salud y al conjunto de la comunidad mundial, a que apoyen en el plano nacional e internacional el compromiso de promover la atención primaria de salud y de dedicarle mayor apoyo técnico y financiero, sobre todo en países en desarrollo. La Conferencia exhorta a todas las entidades antedichas a que colaboren el el establecimiento, el desarrollo y el mantenimiento de la atención primaria de salud de conformidad con el espíritu y la letra de la presente Declaración.

Los olvidados del Sistema de Justicia . Los niños * victimas de abuso sexual infantil y maltrato.-


AUTOR: Graciela Dora Jofré.- 

El aumento de denuncias de incesto y violencia de género en los procesos de familia y penales  conmociona a los agresores porque se hace visible aquello que hasta ahora pudieron dominar desde el secreto de “cuatro paredes”.
El proceso judicial es kafkiano, mas no para estos ofensores ue tienen comúnmente letrados particulares avezados en los artilugios procesales y estrategias defensivas agresivas , con su notable activismo en incidencias y presentaciones constantes y el resultado logrado : su impunidad .
El proceso judicial es kafkiano para ese niño abusado sexualmente , para esa mujer victima de violencia de genero. Laberintos judiciales donde se pierden en su vulnerabilidad emocional  y en el caso del niño en su revictimizacion  constante .
La única industria redituable no está precisamente del lado de las víctimas de los delitos, sino de los agresores y sus letrados particulares, allí el “pingue” negocio .
Molesta a este estamento de hombres violentos y pedófilos que el sistema de justicia  avance hacia una mirada sensible y comprometida con las víctimas de los delitos de violencia de género y abuso sexual infantil , mujeres y niños . Molesta que por primera vez  estas víctimas  van haciendo oir su voz y  en ella  recuperando su dignidad perdida y su coraje.
Es la mirada con perspectiva de genero lo que no desean.  Mienten sobre realidades que justamente son opuestas y no quieren que cambie . No hay en el sistema de justicia , salvo limitadas excepciones ,  una mirada que de credibilidad a los niños y  mujeres en su calidad de victimas de delito .  Por el contrario hacia ellas va la  sospecha,  la credibilidad esta puesta en  la  figura del padre denunciado  , esta la realidad actual  .-
No es el ”mejor padre” el que garantiza que el otro tenga contacto con el hijo, el mejor padre es el que “cuida”  y  “protege”  a su hijo , cuando hay incesto o violencia del ofensor,  cueste lo que cueste.  Esto es lo que quiere un niño de su padre, que lo proteja si le hacen daño, si lo lastiman, y si ese niño relato el abuso no cuidarlo es una traición .
No es cuestión de tiempos rápidos cuando de estos temas judiciales se trata, no es cuestión de resolver en días. Cuando hay una denuncia de incesto o violencia domestica el tiempo  lo determina el “interés del niño” a eso obliga la Convención sobre los Derechos del Niño. Porque el riesgo en la salud física, psíquica emocional y sexual de ese niño es inconmensurable. 
Cuando hay violencia  con  los niños por su propia vulnerabilidad abarcan un amplio espectro, física, emocional, psicológica, sexual. Un niño es territorio frágil y desguarnecido frente a los actos de sus padres, no tiene defensa alguna y confía en ellos. Nadie más frágil al daño que un niño.-
El estado según la CDN tiene el deber primordial de PROTEGER, CUIDAR al niño victima de delito  Y PRIVILEGIAR EL INTERES DEL NIÑO  por sobre los padres, por sobre toda otra concepción ( en sus art. 3 ,9 inc.1 y 3,  19 y 34 ). 
La perversión no está en las denuncias de incesto y violencia ,  la perversión esta en la impunidad de los agresores de los niños envestidos en roles parentales, escudados en murallones familiares donde los niños son prisioneros silenciosos , donde la justicia no cree en sus relatos, no respeta su dignidad y los revictimiza en lugar de protegerlos como tan claramente determina la CDN.  Alli está la perversión, allí la mentira de los “lobos” disfrazados de ovejas,  allí la tragedia de estos niños .  Y la sociedad  tiene la oportunidad de exponerse;   si realmente cree a las victimas de estos delitos o si prefiere seguir creyendo los “cantos de sirena” y  no ver la realidad siniestra que continúa destruyendo  vidas infantiles y adolescentes.-
El niño tiene un derecho primordial, el derecho a ser respetado, cuidado, amado tratado con ternura en su familia, ese es su derecho y si un padre, abusa sexualmente, maltrata , actúa con violencia , su derecho es ser protegido y cuidado y alejado de ese padre .Toda otra argumentación aunque  sea revestida de principios (como el del interés superior del niño ) y atractivos argumentos que  esconden  intenciones aviesas y una complicidad solapada con los agresores de niños , aquellos que lastiman  enmascarados en sus roles parentales  .  
Creer al niño víctima de incesto, creer a quien es su figura protectora y quien denuncia penalmente el delito ; creer a la mujer victima de violencia de género y pide protección para ella y sus hijos es darles la oportunidad de la recuperación, es permitirles dejar de ser víctimas y pasar a ser sobrevivientes, con esperanzas nuevas,  con dignidad renacida.
Cuando sale a la luz social el asesinato de un niño, el secuestro de un niño y su muerte hubo una cadena de miradas que fueron de evasión, conductas sin compromiso y una declamación de derechos del niño que solo quedaron en eso…en meras palabras. Un niño muerto es un grito de impotencia que estuvo silenciado, una voz de un niño que no fue escuchado.
No podremos evolucionar como sociedad humana si no miramos en esa dirección ya sumimos cada uno en su rol social su compromiso inalienable para con los niños,  y lo hagamos con valor y con intención. –

                                                                                                                                                                                                                                              Graciela Dora Jofré.-

*Uso el termino “niño” sin acepción de sexo y comprensivo de los adolescentes.- 

martes, 15 de julio de 2014

Tolerancia 0 con el Abuso Infantil

35 empleados de Disney fueron detenidos por delitos sexuales que involucraban niños

Lo reveló una investigación de la CNN. Además hay trabajadores de otros parques temáticos.

  • Fotos (1)http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/35-empleados-de-disney-fueron-detenidos-por-delitos-sexuales-que-involucraban-ninos
 
0
Desde 2006 a la fecha, al menos 35 trabajadores de Disney fueron detenidos en Estados Unidos por delitos sexuales que involucraban niños, según publicó la CNN tras una investigación de seis meses.
Los cargos incluyen casos de abusos a menores de edad, contactos con niños para intentar encuentros sexuales  y posesión de pornografía infantil.
Además, también fueron detenidos cinco trabajadores de Universal Sutdios y dos de SeaWorld. Del total, 32 han sido condenados.
Un vocero de Disney dijo a la CNN que la compañía se toma muy en serio brindar un entorno seguro a los chicos y a las familias. "Los números la informados por CNN representan sólo un 0,010 por ciento de las 300 mil personas que hemos empleado en este tiempo", señaló.
El vocero de Universal Studios dijo que la empresa tiene "tolerancia cero con este tipo de actividad". Desde SeaWorld se expresaron en igual forma.

lunes, 14 de julio de 2014

Sindrome de Alienacion Parental

 
PROYECTO DE RESOLUCION
ExpedienteSumarioFecha
2953-D-2013 EXPRESAR RECHAZO POR LA APLICACION DEL "SINDROME DE ALIENACION PARENTAL - SAP -" Y SU TERAPIA, COMO TRASTORNO A SER DIAGNOSTICADO EN PROCESOS JUDICIALES DE FAMILIA.09/05/2013
 
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar su rechazo a la aplicación del "Síndrome de Alienación Parental" (SAP) y su terapia, como trastorno a ser diagnosticado en procesos judiciales de familia.
Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente proyecto de resolución el preocupante uso de terapias de revinculación en casos de abuso y maltrato y el diagnóstico de enfermedades desestimadas por el ámbito científico académico y la Organización Mundial de la Salud, como lo es el Síndrome de Alienación Parental (SAP) de dudosa validez.
Como antecedentes en nuestro país, puede observarse que en el año 2011, la Legislatura Porteña aprobó un proyecto de declaración expresando su rechazo a la inclusión en el próximo Manual de Trastornos Psicopatológicos (DSM- 5) que elabora la American Psychiatric Association, del supuesto "Síndrome de Alienación Parental" (SAP). En su declaración, la Legislatura Porteña explica que al pretendido síndrome "...consistiría en la denigración y rechazo por su padre que expresa el hijo o hija separados del mismo, provocados por el "lavado de cerebro" realizado por su madre, conviviente con el niño o niña. Es una herramienta que esgrimen quienes pretenden desacreditar las palabras de los niños y niñas que acusan a los mayores por haberlos sometido sexualmente, quitando valor a las denuncias de abuso y maltrato..."
Preocupa especialmente el uso de éstas técnicas en el ámbito judicial al posibilitar establecer la revinculación con un padre abusador, y la reversión de la tenencia en caso de negativa.
Algunas de las "recomendaciones terapéuticas" que hace Richard Gardner, para curar este pretendido síndrome, son: "...en cuanto se diagnostique PAS, el juez deberá cambiar inmediatamente la custodia y tenencia del niño y entregársela al padre falsamente acusado, sin que tome contacto con la madre en ninguna forma... al comienzo el niño se resistirá, pero pasado un tiempo, comprenderá que había sido sometido a un lavado de cerebro, y aceptará a su progenitor... también el tribunal deberá indicar una psicoterapia con un profesional designado por el juez, y ...sólo se restablecerá el vínculo con la madre cuando al cabo de por lo menos tres meses, el niño sea reevaluado por un profesional especialista en PAS que pueda decir si podría reestablecerse el contacto con ella..." (...) La Asociación de Psicólogos Americana - APA- a través de la Comisión Especial sobre Violencia y Familia, concluyó en su trabajo "Cuestiones y dilemas en violencia familiar,": "El personal judicial debe no sólo ser advertido que el PAS no está reconocido como un síndrome médico por la AAM (Asociación Americana Médica) y la APA,(Asociación de Psicólogos Americana) sino que el empleo de este dudoso síndrome como un instrumento, adaptado para quitar la tenencia a las madres, no puede consentirse..." La AAM y la APA concluyen: "El trabajo de Richard Gardner jamás ha sido revisado ni reexaminado. Él logró posicionar este tema a través de la publicación de sus propios trabajos en su propia editorial, "Creative Therapeutics", fue su propio editor de los 30 libros que publicó desde entonces, incluyendo "Parental Alienation Syndrome" (1) .
Es importante resaltar que instituciones internacionales de renombre del ámbito de la salud tales como la Asociación Americana de Psicología y la propia Organización Mundial de la Salud no reconocen la validez del mencionado síndrome. Asimismo, dos organizaciones como la Asociación Médica Americana y la Asociación de Psicólogos Americana lo inhabilitan para configurar un síndrome diagnóstico por no haber sido debidamente probado.
En su pronunciamiento en contra del supuesto síndrome de alienación parental, el Colegio de Psicólogos del Distrito X - Mar del Plata expusieron, por medio de su Consejo Directivo que "...Jueces, abogados y psicólogos nucleados en asociaciones que bajo la consigna de la defensa de padres separados de sus hijos, intervienen como peritos de parte en numerosos casos de supuestos abusos, algunos de ellos de público conocimiento. En ellos se esgrime a través de la coconstrucción de memorias y del "SAP"(ambos inexistentes en el campo científico), que los relatos de las víctimas en realidad son construcciones que parten de sus madres alienadoras y que las mismas, a través de la inoculación de ideas en contra del progenitor no conviviente, logran que los niños y niñas reproduzcan relatos. Pero es más grave aún, ya que en la mayoría de los casos argumentan que son los/as profesionales quienes co construyen también los relatos junto a las madres y los/as pacientes, o simplemente no se dan cuenta de la falsedad de los dichos de sus pacientes... (2) "
El objetivo del presente proyecto de resolución es expresar repudio y servir de antecedente de manera de evitar que en los juicios de familia, sobre todo en aquellos donde se hayan generado situaciones de violencia familiar y de abuso infantil, se aplique el mencionado síndrome como terapia de revinculación de los menores con el padre abusivo. Daños irreparables pueden acrecentarse si la Justicia pierde de vista el interés superior del niño en miras de aplicar teorías sin fundada base científica que sólo pueden dar lugar a la especulación y a la improvisación.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
 
Firmantes
FirmanteDistritoBloque
GONZALEZ, GLADYS ESTHERBUENOS AIRESPRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIACIUDAD de BUENOS AIRESPRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
FechaMovimientoResultado
02/07/2013DICTAMENOrden del día Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
CámaraDictamenTextoFecha
Diputados Orden del Dia Nº 2253 año 2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 18/201311/07/2013
Trámite
CámaraMovimientoFechaResultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 22/08/2013APROBADO